quesigan una legua en el descanso de la corriente y con sujeción a lo dispuesto en el final del anterior pÆrrafo. Artículo 10”. El dueæo de un predio puede servirse como quiera de las aguas pluviales que corran por un camino pœblico y torcer su curso para aprovechar de ellas. Ninguna prescripción puede privarlo de este uso. Artículo
Hoyen día resulta casi una temeridad tener un terreno y no delimitarlo. Más aún en lo que se refiere a fincas rústicas, en las que existen gran cantidad de amenazas que se pueden neutralizar
Portanto en principio se puede cerrar y vallar las fincas rústicas, si bien hay que tener en cuenta varias circunstancias: 1.-. Los Ayuntamientos pueden dictar
Procedimientoa seguir para solicitar el cierre de una finca que linda con un río. Si necesitas cerrar una finca que linda con un río en Galica, es fundamental
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